<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100903-142</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/09/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Guadalajara número 2. Demanda 1.337 de 2009-J</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>211</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-09-03260820100047</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/09/03/BOCM-20100903-142.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/09/03/BOCM-20100903-142.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/09/03/BOCM-20100903-142.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 142 
 Demanda 1.337 de 2009-J 
  Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.337 de 2009-J de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Pinto González, contra don Marcelino Sánchez Moya y “Solados y Pavimentos Sánchez Moya, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que debo estimar y estimo la demanda de don David Pinto González de reclamación de cantidad, condenando a la parte demandada “Solados y Pavimentos Sánchez Moya, Sociedad Limitada”, al abono de la cantidad de 7.125 euros, más el 10 por 100 anual desde el devengo de cada partida salarial.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación, ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se practique la notificación. Adviétase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga rreconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, sucursal 1050, de la calle Mayor, número 12, de Guadalajara, a nombre de este Juzgado con el número 2178, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado, con el número 2178/0000/60/1337/09, la cantidad objeto de la condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá consignar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Marcelino Sánchez Moya y “Solados y Pavimentos Sánchez Moya, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Guadalajara, a 27 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/32.776/10)</texto>
</documento>