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    <identificador>BOCM-20100903-141</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/09/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Guadalajara número 2. Ejecución 115 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>211</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 141 
 Ejecución 115 de 2010 
  Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 115 de 2010-A, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alí Kadim, contra la empresa “Planiván Construcciones, Sociedad Limitada”, se han dictado en el día de hoy auto y decreto, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
  Auto
  Magistrado-juez de lo social, don José Eduardo Martínez Mediavilla..En Guadalajara, a 30 de julio de 2010.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia y auto dictados en fechas 9 de julio de 2009 y 22 de febrero de 2010, respectivamente, en el procedimiento seguido en este Juzgado bajo el número 636 de 2009, a favor de la parte ejecutante, don Alí Kadim, frente a “Planiván Construcciones, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 7.847,84 euros en concepto de principal, más otros 1.569,53 euros que se fija provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución, y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Pilar Buelga Álvarez..En Guadalajara, a 30 de julio de 2010.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Acumular a la presente ejecución seguida en este órgano judicial con el número 97 de 2009.
  Notifíquese a las partes, y encontrándose la empresa ejecutada en ignorado paradero, realícese el acto de comunicación por medio de edictos, fijando uno de ellos en el tablón de anuncios de este órgano judicial y remitiendo otros dos para la publicación de un extracto suficiente de esta resolución al “Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara” y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios en la oficina judicial, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Planiván Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Guadalajara, a 30 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/32.812/10)</texto>
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