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    <fecha_publicacion>2010/09/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Demanda 859 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>211</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 111 
 Demanda 859 de 2010 
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 859 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gaspar Pérez Martínez, contra la empresa “Fesem Seguridad Integral, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 27 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Estimando la demanda de despido a instancias de don Gaspar Pérez Martínez, frente a “Fesem Seguridad Integral, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, condenando a la empresa demandada a optar entre readmitir al actor en su puesto de trabajo o bien indemnizarle con la cantidad de 37.011,37 euros; en ambos casos, deberá abonarle los salarios de tramitación desde el despido hasta la notificación de la presente resolución.
  Advirtiendo a la empresa que la opción deberá realizarse en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación de la sentencia, sin esperar a su firmeza, por escrito o por comparecencia, ante el Juzgado. Y que de no optar en tiempo y forma, se entenderá que procede la readmisión.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Fesem Seguridad Integral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de agosto de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/32.820/10)</texto>
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