<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100902-77</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 5</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/09/02</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Getafe número 5. Juicio de faltas 495 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>210</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-09-02260820100042</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/09/02/BOCM-20100902-77.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/09/02/BOCM-20100902-77.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/09/02/BOCM-20100902-77.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 5</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 77 
 Juicio de faltas 495 de 2009 
  Doña María Soravilla García, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Getafe.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 495 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Getafe, a 6 de noviembre de 2009..El ilustrísimo señor don José María Celemín Porrero, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Getafe, ha visto y examinado las presentes actuaciones de juicio verbal de faltas inmediato seguidas bajo el número 495 de 2009, sobre hurto, siendo perjudicado don Víctor García Lorenzo y denunciada doña Isabel Maure Ruiz, en las que ha sido parte el ministerio fiscal, en representación de la acción pública, habiendo comparecido el perjudicado.
  Fallo
  Condeno a doña Isabel Maure Ruiz, como autora de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de dos meses de multa, con una cuota diaria de 6 de euros, con responsabilidad personal subsidiario de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, al pago de las costas y a que indemnice al centro comercial “Alcampo”, del Sector 3, de Getafe, en 292,39 euros.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Isabel Maure Ruiz, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Getafe, a 5 de agosto de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/32.781/10)</texto>
</documento>