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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/09/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Santorcaz. Régimen económico. Padrones tasa basura e impuesto bienes inmuebles</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>209</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Santorcaz</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SANTORCAZ 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 54 
 Padrones tasa basura e impuesto bienes inmuebles 
  Por decreto de Alcaldía de 19 de julio, se han aprobado los padrones del ejercicio 2010 y período cobratorio de los siguientes tributos:
  Tasa recogida de basura.
  Impuesto bienes inmuebles de naturaleza urbana.
  Impuesto bienes inmuebles de naturaleza rústica.
  Quedan expuestos al público de este Ayuntamiento durante el plazo de un mes desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Recursos: contra el acto de aprobación de los padrones podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública, con plazo común para conocer el expediente en horario de oficinas.
  Período cobratorio voluntario: del 1 de agosto al 30 de septiembre de 2010, inclusive.
  Lugar de pago: en cualquier oficina de Caja de Madrid, con destino a la cuenta municipal en la oficina de esta localidad; recogiendo el recibo, si no lo hubiera recibido en el Ayuntamiento de nueve a catorce horas, de lunes a viernes.
  Procedimiento de apremio: el procedimiento de apremio se inicia cuando vencidos los anteriores plazos no se hubiese satisfecho la deuda, exigiéndose la deuda con el recargo previsto en la legislación aplicable y posterior ejecución de la deuda.
  Santorcaz, a 22 de julio de 2010..El teniente de alcalde, don Juan José Gámiz Blázquez.
  (02/7.965/10)</texto>
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