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    <titulo>Concesión premios
– Orden 4180/2010, de 30 de julio, por la que se resuelve la concesión de los “Premios Aurelio Blanco” para alumnos de las Escuelas de Arte, cuya titularidad corresponde a la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 
 
 10 
 ORDEN 4180/2010, de 30 de julio, por la que se resuelve la concesión de los “Premios Aurelio Blanco” para alumnos de las Escuelas de Arte, cuya titularidad corresponde a la Comunidad de Madrid. 
  Por Orden 3116/2008, de 19 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de junio), se aprobaron las bases reguladores de los “Premios Aurelio Blanco” de la Comunidad de Madrid para alumnos de las Escuelas de Arte, y por Orden 962/2010, de 25 de febrero, se aprobó la convocatoria para 2010.
  Vista la propuesta de concesión del jurado, en su reunión del día 18 de junio de 2010, se acuerda lo siguiente:
  Primero
  Conceder los premios, por importe de 2.550 euros cada uno, a los siguientes alumnos de ocho centros educativos que han conseguido la máxima puntuación, siete Escuelas de Arte y la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid, con cargo a la partida 48390 del Programa Económico 506 del vigente presupuesto de gastos:
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  Segundo
  Los premios serán entregados a cada uno de los ocho estudiantes autores de los proyectos premiados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de las bases reguladoras de los “Premios Aurelio Blanco”, Orden de convocatoria y conforme a la normativa vigente.
  Tercero
  Sin menoscabo de lo explicitado en el artículo 11 de la Orden de 3116/2008, de 19 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de junio), que aprueba las bases reguladoras de estos premios, en donde se establece el derecho de la Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales a la edición de los trabajos premiados durante un máximo de dos años, dichos trabajos podrán ser retirados en sus Escuelas de Arte de origen entre los días 1 y 28 de febrero de 2011.
  Los trabajos no premiados podrán retirarse en sus Escuelas de Arte de origen entre los días 2 y 31 de enero de 2011.
  Cuarto
  Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Educación en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  DISPOSICIÓN FINAL
  Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 30 de julio de 2010.
  		La Consejera de Educación, 		LUCÍA FIGAR DE LACALLE
  (03/32.962/10)</texto>
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