<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100827-240</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/08/27</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 37. Ejecución 85 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>14</pagina_inicial>
    <pagina_final>14</pagina_final>
    <diario_numero>205</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/bocm-20100827-240</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/27/BOCM-20100827-240.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/27/BOCM-20100827-240.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/27/BOCM-20100827-240.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
240Ejecución 85 de 2008
Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 85 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis del Amo Sánchez, contra la empresa “Encofrados Martel, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Diligencia..En Madrid, a 3 de mayo de 2010.
La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 6 de agosto de 2009, tuvo entrada el precedente escrito del Fondo de Garantía Salarial comunicando haberse subrogado en parte del crédito que se ejecuta en estos autos, de lo que pasaré a dar cuenta a su señoría..Doy fe.
Auto
En Madrid, a 3 de mayo de 2010.
Parte dispositiva:
Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quienes se menciona en el hecho segundo de esta resolución y por la cuantía que se refleja bajo la columna “Abono FGS”, cuyo importe total asciende a 1.036,45 euros.
Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
Una vez firme esta resolución, archívese.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla.
Lo manda y firma su señoría. Doy fe..El magistrado-juez de lo social (firmado).
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Marel, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 3 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
(03/32.354/10)</texto>
</documento>