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    <identificador>BOCM-20100827-114</identificador>
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    <fecha_publicacion>2010/08/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 6. Juicio de faltas 372 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 6
EDICTO
114Juicio de faltas 372 de 2009
Doña Mercedes Riolobos Izquierdo, secretaria accidental del Juzgado de instrucción número 6 de Leganés.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 372 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Leganés..Visto por mí, ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 6 de Leganés, el presente juicio verbal de faltas tramitado en este Juzgado bajo el número 372 de 2009, sobre una supuesta falta de hurto, en el que han sido partes: don Francisco Javier Molina Serrano, como denunciante; doña Daniela Pandele, como denunciada, y la mercantil “Zara”, en calidad de perjudicada. Interviniendo el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública.
Fallo
Que debo condenar y condeno a doña Daniela Pandele, como autora responsable de una falta de hurto, a la pena de cuatro días de localización permanente, y con declaración de oficio de las costas causadas en este procedimiento.
Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid dentro de los cinco días siguientes a su notificación con los requisitos exigidos en el artículo 976, en relación con los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Daniela Pandele, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 22 de julio de 2010..La secretaria (firmado).
(03/32.360/10)</texto>
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