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    <fecha_publicacion>2010/08/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcorcón número 1. Juicio de faltas 296 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>205</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 1
EDICTO
112Juicio de faltas 296 de 2009
Doña María Esther Pérez Pérez, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Alcorcón.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 296 de 2009 se ha dictado sentencia en fecha 24 de septiembre de 2009, cuyo encabezamiento, hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente:
Encabezamiento
En Alcorcón (Madrid), a 24 de septiembre de 2009..Vistos por don Carlos Águeda Holgueras, magistrado-juez de instrucción del número 1 de los de Alcorcón (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado y registrados con el número 296 de 2009, sobre falta de hurto, entre partes, a instancias de “Ahorramás”, frente a doña Trinidad Donoso Márquez, con intervención del ministerio fiscal; y...
Hechos probados:
El 16 de septiembre de 2009 se interpuso denuncia frente a doña Trinidad Donoso Márquez, por haber intentado sustraer diversos productos del establecimiento “Ahorramás”, sito en Alcorcón (Madrid), valorados en 35,34 euros.
Fallo
Absuelvo de los hechos enjuiciados en las presentes actuaciones a doña Trinidad Donoso Márquez, declarando de oficio las costas procesales.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 976, en relación con los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, contra la misma se puede interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, ante este mismo Juzgado y para su resolución por la Audiencia Provincial, y expídase testimonio de la misma, que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Contra la presente cabe recurso de apelación, en ambos efectos, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia al ministerio fiscal y demás partes.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Trinidad Donoso Márquez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Alcorcón, a 16 de junio de 2010..La secretaria (firmado).
(03/32.319/10)</texto>
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