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    <fecha_publicacion>2010/08/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcorcón número 1. Juicio de faltas 279 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 1
EDICTO
110Juicio de faltas 279 de 2008
Doña María Esther Pérez Pérez, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Alcorcón.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 279 de 2008 se ha dictado sentencia en fecha 28 de octubre de 2008, cuyo encabezamiento, hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente:
Encabezamiento
En Alcorcón (Madrid), a 28 de octubre de 2008..Vistos por don Carlos Águeda Holgueras, magistrado-juez de instrucción del número 1 de los de Alcorcón (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado y registrados con el número 279 de 2008, sobre falta de hurto, entre partes, a instancias de don Manuel Rubén Jimbo León, frente a doña Marta Palomino Salazar, con intervención del ministerio fiscal; y...
Hechos probados:
Sobre las veinte horas del día 29 de marzo de 2008, en el aparcamiento del centro comercial “Decathlón”, sito en la avenida de Europa, sin número, de Alcorcón (Madrid), doña Marta Palomino Salazar se apoderó de dos bicicletas y una cribadora propiedad de don Manuel Rubén Jimbo León, que estaban en el vehículo de su propiedad matrícula NA-1525-AG, el valor de los efectos sustraídos asciende a 145 euros.
Fallo
Condeno a doña Marta Palomino Salazar, como autora responsable de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de sesenta días de multa, con una cuota diaria de 2 euros, ello hace un total de 120 euros, que serán abonados en un solo pago o en los plazos que en ejecución de sentencia se fijen, con arresto sustitutorio de un día por cada dos cuotas diarias que dejare de abonar. Igualmente, le condeno al pago de las costas procesales.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 976, en relación con los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, contra la misma se puede interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este mismo Juzgado y para su resolución por la Audiencia Provincial, y expídase testimonio de la misma, que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Contra la presente cabe recurso de apelación, en ambos efectos, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia al ministerio fiscal y demás partes.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Marta Palomino Salazar, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Alcorcón, a 28 de junio de 2010..La secretaria (firmado).
(03/32.318/10)</texto>
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