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    <fecha_publicacion>2010/08/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 144 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
167Ejecución 144 de 2010
Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 1.189 de 2009, ejecución número 144  de 2010-JG, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Natividad Rubio Romero, contra la empresa “Laboratorio Puerta Dental, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
Auto
En Madrid, a 23 de julio de 2010.
Parte dispositiva:
Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Natividad Rubio Romero, con la empresa “Laboratorio Puerta Dental, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquella las cantidades siguientes:
Nombre de la trabajadora: doña Natividad Rubio Romero.
Indemnización: 3.826,65 euros.
Salarios: 2.090,85 euros, habiendo trabajado la parte actora en otra empresa desde el 26 de agosto de 2009 percibiendo 1.200 euros netos.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número 2805/000/30/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe..El secretario judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Laboratorio Puerta Dental, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 27 de julio de 2010..El secretario judicial (firmado).
(03/32.073/10)</texto>
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