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    <fecha_publicacion>2010/08/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 54. Juicio de faltas 430 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>202</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 54 
 EDICTO
 
 89 
 Juicio de faltas 430 de 2010 
  Don Emilio López Durán, secretario del Juzgado de instrucción número 54 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 430 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 117
  En Madrid, a 23 de abril de 2010..Visto por mí, doña Carmen Simón Sánchez, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 54 de Madrid, el presente juicio de faltas de referencia, seguido por una posible falta de hurto, apareciendo como denunciada doña Michelerin Espinal Matos, cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Michelerin Espinal Matos, como autora de una falta intentada de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, a las penas de multa de un mes, a razón de cuotas diarias de 6 euros, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas procesales.
  Hágase entrega definitiva al centro comercial “Carrefour” de los efectos sustraídos y que le fueron entregados en calidad de depósito.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles la advertencia de que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial.
  La presente es apelable en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación. Durante este período se hallarán las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes. El recurso se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Michelerin Espinal Matos, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 22 de julio de 2010..El secretario (firmado).
  (03/31.581/10)</texto>
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