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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COLMENAR DEL ARROYO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/08/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Colmenar del Arroyo. Régimen económico. Aprobación padrones impuesto sobre bienes inmuebles rústica y urbana</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>202</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DEL ARROYO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 59 
 Aprobación padrones impuesto sobre bienes inmuebles rústica y urbana 
  Aprobado por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 13 de julio de 2010, queda expuesto al público en el Departamento de Recaudación de este Ayuntamiento los padrones relativos a:
  .	Impuestos de bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica del ejercicio 2010.
  El período voluntario de cobranza será desde el día 16 de agosto hasta el 30 de noviembre de 2010.
  Terminado el período voluntario de pago, se iniciará el período ejecutivo, que determinará el devengo de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo, en los términos establecidos en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  La exposición pública tiene los efectos de notificación colectiva de los padrones y datos consignados en los mismos a cada uno de los sujetos pasivos.
  Contra el acto de aprobación y de las liquidaciones puede formularse recurso de reposición, ante el alcalde-presidente, previo al recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización de su exposición pública, lo cual no obsta a la ejecutividad recaudatoria de los padrones.
  Dicho padrón se expondrá al público por el plazo de quince días.
  En Colmenar del Arroyo, a 15 de julio de 2010..La alcaldesa-presidenta, Ana Belén Barbero Martín.
  (02/7.852/10)</texto>
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