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    <fecha_publicacion>2010/08/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 789 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>202</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 101 
 Demanda 789 de 2010 
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 789 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio García Gutiérrez, contra la empresa “Kindle Products España, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de desistimiento, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Así por este mi auto, digo: Se tiene a la parte actora por desistida y archívese el procedimiento sin más trámite. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de reposición, ante este Juzgado de lo social, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.
  Así lo acuerdo, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Antonio García Gutiérrez y “Kindle Products España, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de julio de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/31.854/10)</texto>
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