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    <titulo>– Colmenar Viejo. Régimen económico. Modificación de créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>199</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar Viejo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 59 
 Modificación de créditos 
  Se hace público, para general conocimiento, que esta Corporación, en sesión plenaria, celebrada el día 29 de julio de 2010, adoptó los acuerdos 60/10 y 61/10, que han resultado definitivos al no haberse presentado reclamaciones contra los mismos, de aprobación de modificación de créditos mediante transferencias entre distintos grupos de función y expediente de concesión de créditos extraordinarios y/o suplemento de crédito, que afectan al vigente presupuesto general de 2010 de esta Corporación respectivamente.
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  Contra la aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, de conformidad con el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
  En Colmenar Viejo, a 18 de agosto de 2010..El alcalde, José María de Federico Corral.
  (03/32.996/10)</texto>
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