<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100818-94</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MAJADAHONDA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/08/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Majadahonda. Otros anuncios. Modificación ordenanza de creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>197</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-08-18130820100126</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/18/BOCM-20100818-94.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/18/BOCM-20100818-94.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/18/BOCM-20100818-94.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MAJADAHONDA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA 
 OTROS ANUNCIOS
 
 94 
 Modificación ordenanza de creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal 
  El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de julio de 2010, acordó aprobar con carácter inicial la modificación de la ordenanza municipal de creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal, para incluir los que se derivan de la instalación de cámaras de videovigilancia en este término municipal, y en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, crear los siguientes ficheros que contienen datos de carácter personal:
  ANEXO I
  Creación de fichero de control de tráfico
  Fichero: FICHERO DE CONTROL DEL TRÁFICO.
  Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Majadahonda, Concejalía de Seguridad Ciudadana.
  Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectivicación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Ayuntamiento de Majadahonda, Concejalía de Seguridad Ciudadana.
  Nombre y descripción del fichero: CONTROL DEL TRÁFICO.
  Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.
  Medidas de seguridad: medidas de nivel básico.
  Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:
  .	Datos de carácter identificativo: imagen/voz.
  .	Otros datos de carácter identificativos: matrículas de los vehículos.
  Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: control del tráfico en los accesos y vías principales del municipio.
  Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: ciudadanos y residentes.
  Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal.
  Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: no se prevén cesiones.
  ANEXO II
  Creación de fichero de lectura y aforo de matrículas
  Fichero: LECTURA Y AFORO DE MATRÍCULAS.
  Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Majadahonda, Concejalía de Seguridad Ciudadana.
  Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectivicación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Ayuntamiento de Majadahonda, Concejalía de Seguridad Ciudadana.
  Nombre y descripción del fichero: LECTURA Y AFORO DE MATRÍCULAS.
  Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.
  Medidas de seguridad: medidas de nivel básico.
  Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:
  .	Datos de carácter identificativo: imagen/voz.
  .	Otros datos de carácter identificativos: matrículas de los vehículos.
  Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: control del tráfico en los accesos y vías principales del municipio.
  Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: ciudadanos y residentes.
  Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal.
  Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: no se prevén cesiones.
  ANEXO III
  Creación de fichero de videovigilancia en edificios y centros públicos
  Fichero: VIDEOVIGILANCIA EN EDIFICIOS Y CENTROS PÚBLICOS.
  Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Majadahonda, Concejalía de Seguridad Ciudadana.
  Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectivicación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Ayuntamiento de Majadahonda, Concejalía de Seguridad Ciudadana.
  Nombre y descripción del fichero: VIDEOVIGILANCIA EN EDIFICIOS Y CENTROS PÚBLICOS.
  Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.
  Medidas de seguridad: medidas de nivel básico.
  Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:
  .	Datos de carácter identificativo: imagen/voz.
  .	Otros datos de carácter identificativos: matrículas de los vehículos.
  Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: control del tráfico en los accesos y vías principales del municipio.
  Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: ciudadanos y residentes.
  Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal.
  Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: no se prevén cesiones.
  Los interesados podrán, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, examinar el expediente en las dependencias municipales en horario de atención al público y formular las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas durante los treinta días siguientes a la publicación de este anuncio.
  Majadahonda, a 30 de julio de 2010..El alcalde-presidente, Narciso de Foxá Alfaro.
  (03/31.786/10)</texto>
</documento>