<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100818-83</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COBEÑA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/08/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Cobeña. Organización y funcionamiento. Aprobación inicial de las ordenanzas municipales reguladoras, de circulación en Cobeña y servicio de autotaxi</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>197</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-08-18170820100016</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/18/BOCM-20100818-83.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/18/BOCM-20100818-83.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/18/BOCM-20100818-83.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Cobeña</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COBEÑA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 83 
 Aprobación inicial de las ordenanzas municipales reguladoras, de circulación en Cobeña y servicio de autotaxi 
  El Pleno del Ayuntamiento de Cobeña, en sesión extraordinaria celebrada el día 22 de julio de 2010, acordó la aprobación inicial de las ordenanzas municipales reguladoras de circulación en Cobeña y del servicio de auto-taxi en el término municipal de Cobeña.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se someten los expedientes a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que puedan ser examinados y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerarán aprobados definitivamente dichos acuerdos.
  En Cobeña, a 23 de julio de 2010..El alcalde, Eugenio González Moya.
  (03/32.036/10)</texto>
</documento>