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    <fecha_publicacion>2010/08/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Toledo número 1. Demanda 654 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>197</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 430 
 Demanda 654 de 2009 
  Don Francisco Javier Sanz Rodero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 654 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Efrén Giralt Lázaro, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “El Fontejón Construcciones, Sociedad Limitada”, y “Asepeyo”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Desestimando la petición principal y estimando la petición subsidiaria contenida en la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Efrén Giralt Lázaro, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Asepeyo”, y “El Fontejón Construcciones, Sociedad Limitada”, debo declarar al trabajador en situación de invalidez permanente parcial para su profesión habitual, con derecho a percibir a tanto alzado y por una sola vez la cantidad de 26.543,28 euros, equivalentes a veinticuatro mensualidades de la base reguladora de 1.105,97 euros al mes, declarando responsable del pago a “Mutua Asepeyo”, y a las demás codemandadas a estar y pasar por estar declaración.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y siguientes del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “El Fontejón Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Toledo, a 15 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.997/10)</texto>
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