<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100818-339</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/08/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 26. Demanda 1.251 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>16</pagina_inicial>
    <pagina_final>16</pagina_final>
    <diario_numero>197</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-08-18160820100465</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/18/BOCM-20100818-339.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/18/BOCM-20100818-339.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/18/BOCM-20100818-339.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 339 
 Demanda 1.251 de 2009 
  Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.251 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Vasile Sirb, contra la empresa “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de extinción laboral de fecha 12 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 12 de julio de 2010.
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Vasile Sirb con la empresa “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquel la cantidad de 2.996,33 euros en concepto de indemnización, calculada desde el despido y hasta la fecha de esta resolución.
  En concepto de salarios de tramitación, la cantidad resultante desde la fecha del despido (24 de julio de 2009) y hasta el día de la fecha de esta resolución (12 de julio de 2010), que suponen trescientos cincuenta días, y que resulta la cantidad de 9.905,23 euros.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que la misma no es firme y contra ella podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación.
  Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2524/0000/30, seguido del número de autos, debiendo acreditarse dicho ingreso con el justificante de ingreso, que deberá unirse al escrito en el que se interpone el recurso de reposición.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.224/10)</texto>
</documento>