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    <titulo>Concesión premios
– Orden 3949/2010, de 21 de julio, por la que se conceden los premios de proyectos científicos para favorecer la red de centros GLOBE de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 
 
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 Orden 3949/2010, de 21 de julio, por la que se conceden los premios de proyectos científicos para favorecer la red de centros GLOBE de la Comunidad de Madrid. 
  Mediante Orden 2272/2008, de 28 de abril, de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de mayo de 2008), se modifican parcialmente las bases reguladoras establecidas en la Orden 2785/2006, de 19 de mayo, y se convoca el V Certamen de premios de proyectos científicos para favorecer la red de centros GLOBE de la Comunidad de Madrid.
  Por Orden 5851/2009, de 30 de diciembre, de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2010), se convoca el VII Certamen de premios de proyectos científicos para favorecer la red de centros GLOBE de la Comunidad de Madrid.
  Vistas las Actas de la Comisión Técnica y del Jurado de 22 de junio de 2010, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente,
  DISPONGO
  Primero
  Conceder cuatro premios por un importe total de 32.000 euros, que irán con cargo a la partida 48500, del programa 509, imputándose íntegramente al ejercicio económico de 2010, a los centros educativos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, propuestos en el Acta del Jurado, que seguidamente se relacionan con el fin de apoyar la realización de las actividades objeto de la convocatoria.
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  Segundo
  Los premios se harán efectivos en un único pago. En el caso de los centros de titularidad pública, el pago se realizará a través de las Direcciones de Área Territorial con el siguiente desglose:
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  En el caso de los centros concertados, los libramientos se remitirán a nombre de los centros que hayan sido premiados, según la relación que a continuación se detalla:
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  Tercero
  Las obligaciones de los beneficiarios son las que vienen establecidas en el artículo 17 de la Orden 5851/2009, de 30 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2010), por la que se convoca el VII Certamen de premios de proyectos científicos para favorecer la red de centros GLOBE de la Comunidad de Madrid.
  Cuarto
  De conformidad con lo establecido en el artículo 16 de las bases reguladoras del certamen de referencia (Orden 2785/2006, de 19 de mayo), la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza se reserva el derecho a la difusión de los trabajos premiados en las condiciones establecidas en dicho artículo.
  Quinto
  Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.
  Madrid, a 21 de julio de 2010.
  		La Consejera de Educación, 		LUCÍA FIGAR DE LACALLE
  (03/32.232/10)</texto>
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