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    <identificador>BOCM-20100818-170</identificador>
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    <fecha_publicacion>2010/08/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 4. Juicio de faltas 129 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>197</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 170 
 Juicio de faltas 129 de 2010 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 129 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Vistos por mí, doña Cristina Requejo García, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Leganés, los presentes autos de juicio de faltas número 129 de 2010, en los que ha sido parte el ministerio fiscal, y como implicados: don Sergio Hernández Jimeno y “El Corte Inglés”, en calidad de perjudicados, y don José Miguel Valdelomar López y doña María del Carmen Sepúlveda Tapetado, en calidad de denunciados.
  Fallo
  Debo condenar y condeno a don José Miguel Valdelomar y doña María del Carmen Sepúlveda Tapetado, como autores responsables de una falta de hurto, a la pena de seis y cuatro días de localización permanente, respectivamente, a cada uno de ellos, y al pago de las costas procesales que harán efectivas por mitad.
  Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que se interpondrán ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación de la misma.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Miguel Valdelomar López, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 6 de julio de 2010..El secretario (firmado).
  (03/31.023/10)</texto>
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