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    <fecha_publicacion>2010/08/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Juicio de faltas 318 de 2010-E</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>197</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13 
 EDICTO
 
 156 
 Juicio de faltas 318 de 2010-E 
  Doña Carmen Bazaco Velasco, secretaria del Juzgado de instrucción número 13 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 318 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en parte dispositiva dice:
  Que debo condenar y condeno a don Petre Horga, como autor penalmente responsable de una falta de contra el patrimonio, falta de hurto,prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de dos meses de multa, fijándose la cuota diaria en 6 euros diarios, y estableciéndose la responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago prevista en el artículo 53 del Código Penal. Así como la condena en costas.
  Esta resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación a interponer por escrito en este Juzgado y para la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Petre Horga, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 15 de julio de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/31.269/10)</texto>
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