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    <fecha_publicacion>2010/08/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Olmeda de las Fuentes. Organización y funcionamiento. Ordenanza de la venta ambulante y fuera de establecimiento permanente</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>197</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>OLMEDA DE LAS FUENTES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE OLMEDA DE LAS FUENTES 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Ordenanza de la venta ambulante y fuera de establecimiento permanente 
  Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la ordenanza número 28, reguladora de la venta ambulante y fuera de establecimiento permanente, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  ORDENANZA NÚMERO 28, REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE Y FUERA  DE ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
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  Olmeda de las Fuentes, a 27 de julio de 2010..El alcalde en funciones (decreto delegación de 22 de julio de 2010), Ángel Córdoba Palomares.
  (03/31.969/10)</texto>
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