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    <fecha_publicacion>2010/08/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Sevilla número 3. Despidos 792 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 286 
 Despidos 792 de 2009 
  En los autos sobre despidos/ceses en general número 792 de 2009, seguidos a instancias de doña María Dolores Osto González y don Rafael Antonio González Barroso, contra “Castelo Shoes Ibérica, Sociedad Limitada”, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Auto
  En Sevilla, a 28 de abril de 2010..Dada cuenta; y…
  Parte dispositiva:
  1.o  Que debo declarar y declaro extinguida en esta fecha la relación laboral que ligaba a las partas, con obligación de la empresa ejecutada “Castelo Shoes Ibérica, Sociedad Limitada”, de indemnizar a doña María Dolores Osto González en la cantidad de 6.293,89 euros y a don Rafael Antonio González Barroso en la suma de 7.191,45 euros.
  2.o  Asimismo, debo condenar y condeno a la ejecutada a que abone a los ejecutantes los salarios dejados de percibir desde la fecha de la notificación de la sentencia hasta la fecha de esta resolución, cifrados en la cantidad de 5.606,47 euros en el caso de doña María Dolores y de 16.726,78 euros en el caso de don Rafael Antonio, sin perjuicio de los que procedan desde la fecha del despido hasta la de notificación de sentencia, cifrados en la suma de 6.330,67 euros en el caso de doña María Dolores y de 18.857,58 euros en el caso de don Rafael Antonio.
  Notifíquese esta resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe recurso de reposición, ante este Juzgado de lo social; no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
  Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito de cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto” número 4022/0000/64/019709, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma, y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
  Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de “Banesto” número 0030/1846/42/0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo social número 3 de Sevilla, y en “Observaciones” se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código “30” y “Social-Reposición”.
  Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Francisco Manuel de la Chica Carreño, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 3 de Sevilla. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Y para que le sirva de notificación en forma a la empresa “Castelo Shoes Ibérica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido y firmo la presente en Sevilla, a 14 de julio de 2010..La secretaria judicial, María José de Góngora Macías.
  (03/30.747/10)</texto>
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