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    <fecha_publicacion>2010/08/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Demanda 68 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>195</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 273 
 Demanda 68 de 2010 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 68 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Isidoro Quispe Mendoza, contra la empresa “Sicra Construcciones, Reformas y Multiservicios, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado la sentencia y el auto siguientes:
  Fallo
  Estimo la demanda formulada frente a “Sicra Construcciones, Reformas y Multiservicios, Sociedad Limitada”, y declaro la improcedencia del despido de que fueron objeto los actores con fecha 11 de diciembre de 2009, y habiendo cesado la empresa en su actividad, declaro asimismo extinguida la relación laboral que unía a las partes en la fecha de esta sentencia, condenando a la demandada a estar y pasar por ambas declaraciones así como a que abone a cada actor en concepto de indemnización la cantidad que seguidamente se indicará, y por los salarios de tramitación del período 11 de diciembre de 2009 a 24 de febrero de 2010 la cantidad de 3.002,25 euros (setenta y cinco días por 42,03 euros al día).
  A don Jesús Isidoro Quispe Mendoza: 8.038,94 euros de indemnización.
  A don Edwin Milán Suárez: 8.511,82 euros de indemnización.
  Parte dispositiva:
  Se aclara el fallo de la sentencia dictada en estas actuaciones, ascendiendo la cuantía de los salarios de tramitación a 3.152,25 euros y no a la que por error figura en la sentencia.
  Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sicra Construcciones, Reformas y Multiservicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de julio de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/30.768/10)</texto>
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