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    <fecha_publicacion>2010/08/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Demanda 575 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>195</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 272 
 Demanda 575 de 2009 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 575 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Irene Pilar Salmoral Cubero, contra la empresa “Alcalá Mandri Centros de Educación Infantil, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 16 de marzo de 2010 del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por doña Irene Pilar Salmoral Cubero, contra “Alcalá Mandri Centros de Educación Infantil, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora 565,74 euros, más el 10 por 100 de la mencionada cantidad en concepto de interés por mora.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alcalá Mandri Centros de Educación Infantil, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de julio de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/30.772/10)</texto>
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