<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100816-218</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/08/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 112 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>15</pagina_inicial>
    <pagina_final>15</pagina_final>
    <diario_numero>195</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-08-16060820100312</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/16/BOCM-20100816-218.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/16/BOCM-20100816-218.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/16/BOCM-20100816-218.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 218 
 Ejecución 112 de 2008 
  Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 112 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos García García, contra don Miguel Ángel Monge Montoya, don París Constantino Aguirrezabala Armbruster, “Aguirre y Monje, Sociedad Limitada”, y “Promocón, Comunidad de Bienes”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:
  Acuerdo:
  a)  Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial, habiéndose subrogado en la cantidad de 5.177,07 euros respecto de don Juan Carlos García García.
  b)  Requerir a los trabajadores afectados o a sus representantes por término de quince días para que manifiesten si desean constituirse como ejecutantes en la parte no satisfecha por el Fondo de Garantía Salarial.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia, o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Juan Carlos García García, contra don Miguel Ángel Monge Montoya, don París Constantino Aguirrezabala Armbruster, “Aguirre y Monje, Sociedad Limitada”, y “Promocón, Comunidad de Bienes”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de julio de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/30.783/10)</texto>
</documento>