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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/08/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 193 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>195</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 160 
 Ejecución 193 de 2009 
  Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 193 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Márquez Borja, don Marcos Antonio Valhermoso Matamoros, don Antonio Marrón Castilla, don Luis Baquero Belmonte, don Juan Carlos Pacheco Carricondo y don José Julián Díaz Beas, contra la empresa “Asfaltos Aranjuez, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 16 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Dada cuenta, por recibida información de la oficina de averiguación patrimonial, únase al procedimiento de su razón y, constando como domicilio social de la ejecutada el mismo en el que se han intentado notificaciones con resultado negativo, siendo desconocido el actual paradero de la ejecutada procédase a notificar, citar y emplazar a la misma conforme establece el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral por medio de edictos, insertando un extracto suficiente de la cédula en el “Boletín Oficial” correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente de aquellos vendrá obligado a consignar como depósito, en la cuenta bancaria de este Juzgado abierta en “Banesto”, con el número 2500, la cantidad de 25 euros como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición, lo que deberá acreditarse mediante el correspondiente resguardo de ingreso al tiempo de presentar el recurso de reposición (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, según redacción dada por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).
  Lo manda y firma su señoría. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Asfaltos Aranjuez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.764/10)</texto>
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