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    <titulo>Pozuelo de Alarcón número 1. Juicio de faltas 214 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 138 
 Juicio de faltas 214 de 2009 
  Doña Ana Jiménez Delgado, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 214 de 2009 se ha acordado notificar a don Eusebio Díaz Díaz, que actualmente se halla en paradero desconocido, la sentencia de fecha 16 de junio de 2009, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:
  Sentencia número 127 de 2009
  En Pozuelo de Alarcón, a 16 de junio de 2009..Doña Mónica Gómez Ferrer, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón, en los presentes autos de juicio de faltas número 214 de 2009, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia:
  Una vez celebrado en juicio oral y público el juicio de faltas número 214 de 2009, tramitado en este Juzgado por la presunta comisión de una falta de hurto, en el que intervinieron don Raúl Martínez Parras y don Eusebio Díaz Díaz, habiendo sido parte el ministerio fiscal.
  Fallo
  En atención a lo expuesto, este órgano judicial, por la autoridad que le confiere la Constitución, ha decidido: Que debo condenar y condeno a don Eusebio Díaz Díaz, como autor de una falta de hurto, a la pena de un mes de multa, con cuota diaria de 6 euros, y debiendo indemnizar al centro comercial en la cantidad de 110 euros, y todo ello con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal, en caso de impago, y con expresa imposición de las costas procesales causadas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que contra la misma podrán interponer en este Juzgado para la ante ilustrísima Audiencia Provincial recurso de apelación mediante escrito de formalización de tal recurso, lo que deberá cumplimentarse en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la fecha de dicha notificación.
  Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificado a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación a don Eusebio Díaz Díaz, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Pozuelo de Alarcón, a 19 de mayo de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/30.628/10)</texto>
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