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    <departamento>SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/08/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Santa María de la Alameda. Régimen económico. Aprobación inicial modificación ordenanza impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>193</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Santa María de la alameda</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 114 
 Aprobación inicial modificación ordenanza impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana 
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de mayo de 2010, acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo, sin necesidad de acuerdo expreso.
  En Santa María de la Alameda, a 26 de julio de 2010..La alcaldesa, María Begoña García Martín.
  (03/31.427/10)</texto>
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