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    <fecha_publicacion>2010/08/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ribatejada. Organización y funcionamiento. Ordenanza Registro de Parejas de Hecho</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>193</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>RIBATEJADA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE RIBATEJADA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 106 
 Ordenanza Registro de Parejas de Hecho 
  El Pleno del Ayuntamiento de Ribatejada, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de julio de 2010, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora del Registro de Parejas de Hecho, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Ribatejada, a 27 de julio de 2010..El alcalde, Eugenio Domínguez Fanjul.
  (03/31.323/10)</texto>
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