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    <identificador>BOCM-20100812-74</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MADRID</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/08/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Plan Especial de Mejora del Medio Urbano en el Área de Planeamiento Específico 02.104, Avenida del Planetario con vuelta a la calle Meneses</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>192</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - D.G de Planeamiento Urbanístico - Subdirección General de Planificación y Revitalización del Centro Urbano - Departamento de Actuaciones Públicas en el Centro Urbano - Unidad Técnica de Gestión Administrativa</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General de Planeamiento Urbanístico
 Subdirección General de Planificación y Revitalización del Centro Urbano
 Departamento de Actuaciones Públicas en el Centro Urbano
 Unidad Técnica de Gestión Administrativa
 
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 Plan Especial de Mejora del Medio Urbano en el Área de Planeamiento Específico 02.104, Avenida del Planetario con vuelta a la calle Meneses 
  La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 10 de junio de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Primero..Admitir a trámite y aprobar inicialmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4, en relación con el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el Plan Especial de mejora del medio urbano del Área de Planeamiento Específico 02.104, “Avenida del Planetario, con vuelta a la Calle Meneses”, promovido por “Ciete, Sociedad Anónima”, Distrito de Arganzuela.
  Segundo..Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un período de los de mayor difusión.
  Tercero..Notificar individualmente el presente acuerdo a todos los propietarios afectados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b).1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Cuarto..Suspender el otorgamiento de las licencias urbanísticas solicitadas en el ámbito comprendido en el Plan Especial que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio».
  Lo que se publica a fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el correspondiente expediente en las mañanas de los días hábiles en el plazo señalado, que comenzará a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, calle Guatemala, número 13, y en la Junta Municipal de Distrito de Arganzuela.
  Madrid, a 21 de junio de 2010..El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, Jesús Espino Granado.
  (02/6.962/10)</texto>
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