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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/08/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 31. Demanda 357 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>192</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 214 
 Demanda 357 de 2010 
  Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 357 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Noelia Jiménez Martín, contra la empresa “Construcciones Arauzo Molina, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente
  Fallo
  Que estimando esencialmente la demanda interpuesta por doña Noelia Jiménez Martín, debo condenar y condeno a “Construcciones Arauzo Molina, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 12.531,56 euros en concepto de salario, más el 10 por 100 de dicha cantidad por mora, y debo absolver y absuelvo a don Carlos Alcalde Ordoñez, como administrador social de la sociedad demandada, de todos los pedimentos de la demanda.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Arauzo Molina, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.384/10)</texto>
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