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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 82 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>192</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 166 
 Ejecución 82 de 2009 
  Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 82 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Belén Jiménez Martínez, contra la empresa “Printeralia, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña María José Farelo Gómez..En Madrid, a 12 de julio de 2010.
  En atención a lo expuesto,
  Parte dispositiva:
  Se deja en suspenso, en su actual estado, la tramitación de las presentes actuaciones, por hallarse declarada en situación de concurso de la empresa demandada, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda a dar a los créditos declarados en la sentencia recaída; a cuyo fin podrá instarse la ejecución ante el Juez del concurso (Juzgado de lo mercantil 1 de Oviedo).
  Hágase entrega a la parte actora de testimonio de: la demanda, las sentencias recaídas en este Procedimiento con expresión de su firmeza y las actuaciones que se hayan practicado con posterioridad a la sentencia.
  Archívense provisionalmente las presentes actuaciones.
  Notifíquese esta resolución a las partes, así como al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que frente a ella podrá interponerse recurso de reposición ante este Juzgado en el término de cinco días a contar desde su notificación.
  Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución será precisa una consignación en la entidad “Banesto”, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
  El citado depósito podrá efectuarse:
  a)  Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número de cuenta corriente 2505, en la entidad bancaria “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19.
  b)  Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1846/42/0005001274, indicando el número de cuenta corriente 2505, número de procedimiento y persona de empresa que hace el ingreso.
  Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.
  Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas a las que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Printeralia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.358/10)</texto>
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