<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100812-130</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/08/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Alcalá de Henares número 2. Juicio de faltas 768 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>192</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-08-12020820100128</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/12/BOCM-20100812-130.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/12/BOCM-20100812-130.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/08/12/BOCM-20100812-130.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 130 
 Juicio de faltas 768 de 2009 
  Doña Laura Fuentes Lillo, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Alcalá de Henares.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 768 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Alcalá de Henares, a 28 de enero de 2010..Vistos por la ilustrísima señora doña Olga Iglesias Santamaría, magistrada-juez titular del Juzgado de instrucción número 2 (antiguo primera instancia e instrucción número 3) de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio de faltas seguidos con el número 768 de 2009, sobre amenazas y agresión, entre doña Imelda Angue Micha (denunciante) y don Pastor Biko Andeme (denunciado), con intervención del ministerio fiscal, resultando el siguiente:
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo a don Pastor Biko Andeme de los hechos por los que venía denunciado, declarando de oficio las costas de este juicio.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Imelda Angue Micha, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 9 de julio de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/29.997/10)</texto>
</documento>