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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/08/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Demanda 173 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>191</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 273 
 Demanda 173 de 2008 
  Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 173 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Sánchez Morassa y doña María Nieves Moyano Oliva, contra la empresa “Eulen Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 28 de junio de 2010.
  Parte dispositiva:
  Archivar definitivamente las presentes actuaciones por los motivos indicados en el Razonamiento Jurídico.
  Publíquese esta resolución por medio de edictos, en el tablón de anuncios de este Juzgado, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara”.
  Notifíquese esta resolución, contra la que cabe interponer recurso de reposición, a presentar en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, agencia 1143, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/2810/0000/00, seguido del número de autos y año; debiendo comunicar ante la entidad bancaria donde se efectúe el ingreso la clase de recurso que va a interponer, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso.
  No se admitirá a trámite el recurso si el depósito no estuviese constituido, previo requerimiento de subsanación por dos días del defecto, omisión o error en la del mismo.
  Lo manda y firma, su señoría. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Miguel Ángel Sánchez Morassa y doña María Nieves Moyano Oliva, en ignorado paradero, expido la presente en Madrid, a 28 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.123/10)</texto>
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