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    <fecha_publicacion>2010/08/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Demanda 1.784 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>191</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 227 
 Demanda 1.784 de 2009 
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.784 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Fátima Jaa Jaa, contra la empresa “Summac Foods, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 22 de junio de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 322 de 2010
  En Madrid, a 22 de junio de 2010..Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 1.784 de 2009, sobre reclamación de cantidad, en los que han sido partes: como demandante, doña Fátima Jaa Jaa, asistida por el letrado don Gonzalo Carrillo Ramos, y como demandados, “Summac Food, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que citados en legal forma no comparecen, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda presentada por doña Fátima Jaa Jaa, frente a “Summac Foods, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, se declara el derecho de la demandante a percibir la cantidad total de 1.323,25 euros en concepto de indemnización por extinción de contrato, condenando a la empresa demandada a abonar a la demandante el citado importe, y al Fondo de Garantía Salarial, subsidiariamente, al abono de las cantidades que resulten en caso de insolvencia de la empresa condenada.
  Hágase saber al notificar la presente resolución que es firme y contra la misma no cabe recurso ordinario alguno.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Summac Foods, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.161/10)</texto>
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