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    <identificador>BOCM-20100811-141</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/08/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 20. Procedimiento ordinario 43 de 2006</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>191</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20 
 EDICTO
 
 141 
 Procedimiento ordinario 43 de 2006 
  Don Manuel Cristóbal Zurdo, secretario del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid.
  Hago saber: Que en los autos de ordinario seguidos ante este Juzgado con el número 43 de 2006, a instancias de don José Manuel Rivas Ruiz y don Ángel Rivas Ruiz, contra herederos de doña María, doña Emilia y don Fernando Muñoz Cañizo, y otros, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 21 de junio de 2010..Vistos por la ilustrísima señora doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid, los autos de juicio ordinario registrados con el número 43 de 2006, derivados de demanda presentada por el procurador señor Argós Linares, posteriormente sustituido por la procuradora Jiménez San Millán, en nombre y representación de don José Manuel y don Ángel Rivas Ruiz, bajo la dirección técnica de la letrada señora Merino Vallina, contra don Eduardo Calvente Bomatí, representado por la procuradora señora De Francisco Ferreros y bajo la dirección técnica del letrado señor De Salva Paradela, y contra los herederos de doña María, doña Emilia y don Fernando Muñoz Cañizo, identificados posteriormente como don Alberto López Muñoz, don Miguel Ángel López Muñoz, doña María Esther López Muñoz, doña Ana María Muñoz Jimeno, doña Rosa Puga Muñoz, doña Elsa y don Eduardo Muñoz Gimeno, y la herencia yacente de don Fernando Muñoz Gimeno, habiéndose contestado la demanda por don Alberto López Muñoz, representado por el procurador señor Pérez Casado y bajo la dirección letrada del señor Ramos Álvarez, dicta la presente resolución en base al siguiente
  Fallo
  Desestimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora señora Jiménez Sanmillán, en nombre y representación de don José Manuel y don Ángel Rivas Ruiz, contra don Eduardo Calvente Bomatí y los herederos de doña María, doña Emilia y don Fernando Muñoz Cañizo, debo absolver y absuelvo a los demandados de la acción contra ellos ejercitada, imponiendo a la parte actora las costas causadas en esta primera instancia.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, el cual habrá de prepararse en el plazo de cinco días desde la notificación de la misma ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial.
  Para el anuncio o preparación del recurso será necesario consignar un depósito de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, número de cuenta del Juzgado 2448 del “Banco Español de Crédito”, código de la entidad 0030, código de la oficina 1845, acreditándose el mismo adjuntando copia del resguardo de ingreso junto al escrito (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que añade a la Ley Orgánica del Poder Judicial la disposición adicional decimoquinta).
  Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y sirva de notificación en forma a la herencia yacente de don Fernando Muñoz Gimeno, se extiende la presente.
  En Madrid, a 21 de junio de 2010..El secretario (firmado).
  (02/7.718/10)</texto>
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