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    <fecha_publicacion>2010/08/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Colmenar Viejo. Organización y funcionamiento. Ordenanza municipal de circulación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>190</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar Viejo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 79 
 Ordenanza municipal de circulación 
  El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 24 de junio de 2010, ha aprobado con carácter provisional, y definitivo si no se presentan reclamaciones, la ordenanza municipal de circulación.
  Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se somete el expediente a información pública por plazo de treinta días, contados desde el siguiente a esta publicación. Podrá ser consultado en la Secretaría General de este Ayuntamiento, en horario de atención al público, de lunes a viernes.
  Colmenar Viejo, a 19 de julio de 2010..El alcalde, José María de Federico Corral.
  (03/30.528/10)</texto>
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