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    <fecha_publicacion>2010/08/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Precios públicos por utilización Centro de Iniciativas Empresariales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>187</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 83 
 Precios públicos por utilización Centro de Iniciativas Empresariales 
  La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de julio de 2010, acuerda:
  Primero..Aprobar los precios públicos por la utilización de los servicios del Centro de Iniciativas Empresariales de Rivas-Vaciamadrid, de acuerdo con los siguientes conceptos:
  Cuantía y tarifas
  La cuantía de los precios públicos regulados en este acuerdo será la fijada en la tarifa contenida en el apartado siguiente para cada uno de los distintos servicios y actividades.
   							Ver en documento PDF 						 
  Cuando se apruebe una prórroga extraordinaria en el período de uso de los servicios de emprendimiento, su precio se incrementará en un 30 por 100 sobre los precios aplicados del año anterior.
  La fianza se establece en dos mensualidades sin bonificaciones o reducciones.
  Se requiere la previa domiciliación bancaria para todos los servicios. En su caso, podrían abonarse mediante ingreso bancario por anticipado los servicios opcionales de uso de las salas de reuniones y fotocopias.
  Los recibos se girarán en los cinco primeros días de cada mes, acumulando al precio de los servicios de emprendimiento los gastos por servicios opcionales consumidos, si bien, estos últimos podrán ser objeto de facturación trimestral.
  Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio público el servicio o actividad no se desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente.
  Bonificaciones y reducciones
  Se establecen las siguientes bonificaciones:
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  Vigencia
  Estos precios entrarán en vigor al día siguiente de su publicación y comenzarán a aplicarse a partir de ese día, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
  Segundo..Dar conocimiento de esta aprobación a la comisión informativa del Área de Economía y Participación.
  Tercero..Dar traslado del presente acuerdo al concejal-delegado de Desarrollo Económico y Empleo y al señor concejal-delegado de Hacienda.
  Cuarto..Publicar este acuerdo, atendiendo a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Rivas-Vaciamadrid, a 15 de julio de 2010..El alcalde-presidente, José Masa Díaz.
  (03/30.621/10)</texto>
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