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    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/08/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Juicio de faltas 1.054 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>187</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 112 
 Juicio de faltas 1.054 de 2009 
  Doña Sara Hervás González, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de los de Móstoles.
  Hago saber: Que en el juicio de faltas número 1.054 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 245 de 2010.
  En Móstoles, a 12 de julio de 2010..Vistos por mí, doña Inés Malagón Martín, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio de faltas número 1.054 de 2009, en los que han sido partes: el ministerio fiscal; como denunciantes, doña María Jesús Talens Rodríguez y doña Cristina Casino Pérez, y como denunciados, don Nutu Ancota Aliana y don Dragu Catalín Nico Doina.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Nutu Ancota Aliana y don Dragu Catalín Nico Doina, como autores de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, en grado de tentativa, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a abonar las costas del presente procedimiento, debiendo entregarse al establecimiento “Gilgo” el perfume intervenido de su propiedad.
  Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación escrita ante este mismo Juzgado, que será resuelto por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  Y para que les conste y sirva de notificación de sentencia a don Nutu Ancota Aliana y don Dragu Catalino Nico Doina, actualmente en paradero desconocido, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial dentro del plazo de cinco días, expido la presente en Móstoles, a 13 de julio de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/29.536/10)</texto>
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