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    <fecha_publicacion>2010/08/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 40. Procedimiento ordinario 728 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>187</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 40</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 40 
 EDICTO
 
 105 
 Procedimiento ordinario 728 de 2009 
  Don Juan José Escalonilla Morales, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid, sito en la calle Capitán Haya, número 66, quinta planta, se siguen los autos del juicio ordinario número 728 de 2009, a instancias de las partes que se dirá, dictándose sentencia en los referidos autos con el siguiente
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por “FCE Bank, Plc.”, sucursal en España, representada en juicio por el procurador de los tribunales don Antonio Gómez de la Serna Andrada, contra don Richard Rojas Mendoza y don Manuel Tisnado León, ambos en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno solidariamente a ambos demandados a pagar a la mercantil actora la cantidad de 10.609,73 euros, junto con los intereses moratorios al tipo pactado en el contrato, con expresa imposición a dichos demandados de las costas causadas en la presente instancia.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, en este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días a partir de su notificación.
  Llévese testimonio de la presente resolución al procedimiento de referencia.
  Así por esta mi  sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que tenga efecto la notificación de la sentencia al demandado en autos don Richard Rojas Mendoza, y para su inserción en el “Boletín Oficial del Estado” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se expide la presente en Madrid, a 9 de junio de 2010..El secretario (firmado)..El magistrado-juez de primera instancia (firmado).
  (02/7.807/10)</texto>
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