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    <fecha_publicacion>2010/08/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 27. Demanda 654 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>185</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 189 
 Demanda 654 de 2010 
  Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 654 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Zulma Lucero Zanz Ramírez, contra la empresa “Lavado Automático de Valmor, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el auto de acumulación de actuaciones de fecha 8 de julio de 2010 siguiente:
  Diligencia..En Madrid, a 8 de julio de 2010.
  La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con fecha 6 de julio de 2010 ha tenido entrada en este Juzgado escrito presentado por la actora doña Zulma Lucero Zanz Ramírez, solicitando la acumulación a estos autos del procedimiento de despido número 813 de 2010, seguido en este Juzgado a instancias de dicha actora y frente a la misma demandada, de lo que paso a dar cuenta a su señoría..Doy fe.
  Auto
  En Madrid, a 8 de julio de 2010.
  Dispongo: Acumúlese a estos autos los que se siguen en este Juzgado con el número 813 de 2010, discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes de todos los procedimientos.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
  a)  Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado con el número 2515 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.
  b)Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1143/05, indicando el número de cuenta corriente, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Lavado Automático de Valmor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.221/10)</texto>
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