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    <identificador>BOCM-20100803-112</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/08/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Juicio de faltas 760 de 2010-X</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>184</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 
 112 
 Juicio de faltas 760 de 2010-X 
  Don José Carlos González Arnal, secretario del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.
  Hace saber: Por haberse acordado en providencia de esta fecha, dictada por el magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid, en juicio de faltas número 760 de 2010-X, seguido ante este órgano judicial por una falta de amenazas, se hace público por medio del presente edicto el contenido del auto de sobreseimiento provisional dictado de fecha 23 de junio de 2010 del tenor literal siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 23 de junio de 2010.
  Hechos:
  Único..El presente procedimiento se incoó por los hechos que resultan de las anteriores actuaciones, denuncia de don Abdellah Faik Schaoui de fecha 22 de abril de 2010, en la comisaría de policía de Usera-Villaverde, habiéndose practicado las diligencias de investigación que constan en autos.
  Razonamiento jurídico:
  Único..De lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones.
  Parte dispositiva:
  Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de la presente causa.
  Póngase esta resolución en  conocimiento del ministerio fiscal y demás partes personadas, previniéndoles que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de reforma y/o apelación en el plazo de tres días.
  Así lo acuerda, manda y firma don Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid y su partido..Doy fe.
  Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sirviendo de notificación a don Abdellah Faik Schaoui, se expide el presente en Madrid, a 25 de junio de 2010..El secretario (firmado).
  (03/29.157/10)</texto>
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