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    <identificador>BOCM-20100802-85</identificador>
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    <fecha_publicacion>2010/08/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 54. Procedimiento ordinario 1.060 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>183</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 54</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 54 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 85 
 Procedimiento ordinario 1.060 de 2007 
  En el procedimiento ordinario número 1.060 de 2007, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 50 de 2008
  En Madrid, a 11 de marzo de 2008..Vistos por el ilustrísimo señor don Juan Antonio Toro Peña, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 54 de Madrid, los autos de juicio ordinario número 1.060 de 2007, seguidos a instancias de “3M España, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Antonio Miguel Ángel Araque Almendros y defendida por el letrado don Gonzalo Quiroga Sardi, contra la entidad “Malenna Máter, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad.
  Fallo
  Estimo la demanda presentada por el procurador don Antonio Miguel Ángel Araque Almendros, en nombre y representación de la entidad “3M España, Sociedad Anónima”, contra la entidad “Malenna Máter, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la entidad “Malenna Máter, Sociedad Limitada”, a que abone a la entidad actora la cantidad de 17.944,6 euros, más los intereses previstos en la Ley 3/2004, que desde el impago hasta el día de la demanda del proceso ordinario (11 de junio de 2007) son 791,57 euros, añadiéndose los intereses de la Ley 3/2004 desde esa fecha hasta su completo pago, todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de “Malenna Máter, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificacoón.
  En Madrid, a 10 de junio de 2010..El secretario (firmado).
  (02/6.966/10)</texto>
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