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    <fecha_publicacion>2010/08/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 44. Juicio verbal 1.514 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>183</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 44</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 44 
 EDICTO
 
 84 
 Juicio verbal 1.514 de 2008 
  Doña Concepción González Martínez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 44 de Madrid.
  Hago saber: Que en los autos de juicio verbal seguidos en este Juzgado de primera instancia de Madrid, con el número 1.514 de 2008, a instancias de comunidad de propietarios de la avenida de la Albufera, número 23, de Madrid, contra don Humberto Alejandro López Pérez, cuyo último domicilio conocido fue en esta capital, y que actualmente se encuentra en ignorado paradero, sobre reclamación de cantidad, se ha acordado por resolución del día de la fecha notificar por medio del presente la sentencia recaída al demandado, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 3 de marzo de 2010..Vistos por su señoría, doña Lorena Ochoa Vizcaíno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 44 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 1.514 de 2008, sobre reclamación de cantidad, seguidos y promovidos a instancias de la procuradora doña María del Mar Hornero Hernández, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la avenida de la Albufera, número 23, de Madrid, contra don Humberto Alejandro López Pérez, declarado en rebeldía en estos autos.
  Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña María del Mar Hornero Hernández, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la Avenida de la Albufera, número 23, de Madrid, contra don Humberto Alejandro López Pérez, debo condenar y condeno a este último a abonar a la actora de la suma de 1.880,63 euros, más los intereses legales correspondientes desde la fecha de presentación de la demanda, y al abono de las costas causadas.
  Esta sentencia no es firme, contra la misma podrá interponerse recurso de apelación que se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación previa aportación del depósito de 50 euros previsto legalmente.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación en forma legal al demandado don Humberto Alejandro López Pérez, en paradero desconocido, y para su fijación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y el tablón de anuncios de este Juzgado expido el presente.
  En Madrid, a 24 de mayo de 2010..La secretaria (firmado).
  (02/7.159/10)</texto>
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