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    <titulo>Depósito estatutos
– Resolución de 12 de mayo de 2010, del Director General de Trabajo, sobre depósito de modificación de los estatutos de la organización denominada Federación Independiente de Pymes y Comercios del Noroeste de Madrid (depósito número 2312)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN 
 
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 RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2010, del Director General de Trabajo, sobre depósito de modificación de los estatutos de la organización denominada Federación Independiente de Pymes y Comercios del Noroeste de Madrid (depósito número 2312). 
  Visto el escrito presentado por don Manuel García Galbeño, en representación de la Federación Independiente de Pymes y Comercios del Noroeste de Madrid, y teniendo en cuenta los siguientes
  ANTECEDENTES DE HECHO
  Primero
  Que la citada asociación presentó escrito en esta Oficina de Depósitos de Estatutos por el que se solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
  Se adjunta certificación del acta de la reunión celebrada por la Asamblea General el 25 de febrero de 2010, suscrita por el secretario de la federación, don Fernando Ramírez Roca, con el visto bueno del presidente, don Manuel García Galbeño, en la que se acordó por unanimidad modificar los artículos 2, 5, 7, 8, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28. Entre otros aspectos, se modifica el ámbito funcional que se extiende a las asociaciones de empresas con establecimientos de cualquier tipo y/o intereses empresariales particulares en el ámbito territorial de la federación. Asimismo, se fija el domicilio a efectos de notificaciones en la avenida de España, número 10, primero B, Las Rozas, radicando el domicilio social en la carretera de Torrelodones, número 8, Torrelodones.
  Segundo
  Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, y Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, que la desarrolla.
  A los anteriores antecedentes son de aplicación los siguientes
  FUNDAMENTOS DE DERECHO
  Primero
  Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, que la desarrolla, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo, y demás disposiciones complementarias concordantes.
  Segundo
  Que del análisis de la documentación aportada se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 1.3 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del mismo texto legal.
  Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
  ACUERDA
  El depósito de la modificación de los artículos 2, 5, 7, 8, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28 de los estatutos de la Federación Independiente de Pymes y Comercios del Noroeste de Madrid. Entre otros aspectos, se modifica el ámbito funcional que se extiende a las asociaciones de empresas con establecimientos de cualquier tipo y/o intereses empresariales particulares en el ámbito territorial de la federación. Asimismo, se fija el domicilio a efectos de notificaciones en la avenida de España, número 10, primero B, Las Rozas, radicando el domicilio social en la carretera de Torrelodones, número 8, Torrelodones.
  Se acuerda, asimismo, la inserción de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su exposición en el tablón de anuncios de esta Dirección General, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
  Cualquier interesado podrá impugnar la presente resolución ante los Juzgados de lo social de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de abril de 1995).
  Madrid, a 12 de mayo de 2010..El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.
  (03/24.138/10)</texto>
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