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    <titulo>Madrid número 12. Ejecución 21 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>182</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 47 
 Ejecución 21 de 2010 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 21 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Robustiano Villalba Oliva, contra don Juan Carlos Rodero de Lamo, don Pedro María Rodero de Lamo y “E 2 R, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado decreto aprobando liquidación de intereses, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses practicada por importe de 1.250,75 euros, a cuyo pago resultan condenados don Juan Carlos Rodero de Lamo, don Pedro María Rodero de Lamo y “E 2 R, Sociedad Anónima”, en las presentes actuaciones.
  Contando consignada la cantidad de 5.000 euros que inicialmente estaban presupuestadas para intereses y costas, expídase mandamiento de devolución por importe de 1.250,75 euros por el concepto de intereses, y el resto de 3.749,25 euros estése a la espera de aprobar la correspondiente tasación de costas y luego se acordará lo procedente.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta 2510 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Juan Carlos Rodero de Lamo, don Pedro María Rodero de Lamo y “E 2 R, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.719/10)</texto>
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