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    <titulo>Madrid número 4. Ejecución 77 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>182</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 41 
 Ejecución 77 de 2010 
  Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 77 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nuria Pastor Clemente y don Desiderio Almirón Ramírez, contra la empresa “Tahona San Antonio, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Decreto
  Secretaria judicial doña Carmen Cima Sainz..En Madrid, a 5 de julio de 2010.
  Parte dispositiva:
  Se aprueba la liquidación de intereses practicada en estos autos con fecha 1 de junio de 2010 y que asciende a la suma de 18,30 euros. Póngase la cantidad de 17,59 euros a disposición de doña Nuria Pastor Clemente, y póngase, asimismo, la cantidad de 0,71 euros a disposición de don Desiderio Almirón Ramírez, ambas en concepto de intereses.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tahona San Antonio, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.902/10)</texto>
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