<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100731-35</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/07/31</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 1. Ejecución 111 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>3</pagina_inicial>
    <pagina_final>3</pagina_final>
    <diario_numero>182</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-07-31260720100075</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/31/BOCM-20100731-35.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/31/BOCM-20100731-35.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/31/BOCM-20100731-35.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 35 
 Ejecución 111 de 2010 
  Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 111 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Tudela Ayora, contra la empresa “Poliseda, Sociedad Limitada”, y “Henares de Desarrollos Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  Magistrado-juez de lo social, señor don Antonio Martínez Melero..En Madrid, a 1 de julio de 2010.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar ejecución de la sentencia firme frente a la parte ejecutada, “Poliseda, Sociedad Limitada”, y frente a “Henares de Desarrollos Integrales, Sociedad Limitada”, por un importe de 12.661,15 euros de principal, más 1.266,11 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.
  Contra esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el plazo de diez días de conformidad con lo previsto en los artículos 551, 556 y 559 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y sin perjuicio de su ejecutividad.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Poliseda, Sociedad Limitada”, y “Henares de Desarrollos Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.971/10)</texto>
</documento>